MARRUECOS | Nuevo llamamiento por la libertad del periodista Ali Anouzla, acusado de terrorismo

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| Nuevo llamamiento por la libertad del periodista Ali Anouzla, acusado de terrorismo
11.10.2013 20:57

Más de 60 organizaciones de derechos humanos, entre ellas Reporteros sin Fronteras, hacen un llamamiento conjunto –a iniciativa de ARTICLE 19- por la puesta en libertad del periodista marroquí Ali Anouzla, acusado formalmente de terrorismo.

Más de 60 organizaciones de derechos humanos exigen la liberación inmediata del periodista Ali Anouzla

Organizaciones defensoras de la libertad de expresión y de los derechos humanos exigen la liberación inmediata del periodista marroquí Ali Anouzla, y la retirada de los cargos en su contra. Anouzla, editor de la versión  en árabe de la web de noticias Lakome, fue detenido el 17 de septiembre de 2013 en relación con un artículo publicado en su site.

Las organizaciones firmantes de este llamamiento consideran que la acusación realizada contra Ali Anouzla el 24 de septiembre 2013 por el juez de instrucción del Tribunal de Apelaciones de Rabat bajo los cargos de “ayudar materialmente”, “apología del terrorismo” e “incitación a actos terroristas” (sobre la base de la ley antiterrorista marroquí  03-03 del 28 de mayo de 2003), es infundada en virtud del derecho internacional, y constituye una violación de la libertad de expresión del periodista y de su derecho a informar al público. Por lo tanto, los cargos deben ser retirados y él deber ser puesto en libertad inmediatamente.

Tras estudiar el reportaje titulado “Por primera vez Al-Qaeda ataca al rey Mohamed VI”, publicado el 13 de septiembre 2013 en el sitio web Lakome.com, consideramos que los cargos por el Fiscal General en el sentido de que el artículo constituye ayuda material, apología del terrorismo en incitación a actos terroristas carecen de fundamento y del apoyo de pruebas. En su artículo, Ali Anouzla simplemente habla sobre el contenido de un vídeo de Al Qaeda del Magreb Islámico (AQMI), que él califica como “propaganda”, y proporciona un vínculoindirecto con aquél.

Tememos que el arresto y los cargos contra Anouzla podrían estar relacionados con su línea editorial, en particular, de su tono crítico con las más altas figuras políticas.

Recordamos a las autoridades marroquíes que, según el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, “delitos tales como ‘fomentar el terrorismo’ y ‘actividades extremistas’, así como ‘alabanzas’, ’glorificación´ o ‘justificación’ del terrorismo debe estar claramente definido en para garantizar que no resulte una interferencia injustificada o desproporcionada en la libertad de expresión. Deben evitarse las restricciones excesivas al acceso a la información. Los medios de comunicación desempeñan un papel crucial al informar al público sobre los actos de terrorismo, por lo que su capacidad para la acción no debe ser excesivamente limitada. En este sentido, los periodistas no deben ser penalizados por haber ejercido su legítimo trabajo” – Comentario (CCPR/C/GC/34) del artículo 19 del Pacto Internacional sobre los estándares internacionales de Derechos Civiles y Políticos-.

Por otra parte, en su declaración conjunta de 2008, el Relator Especial de la ONU sobre la libertad de opinión y de expresión, así como ponentes regionales en materia de libertad de expresión y los medios de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, la Organización de los Estados Americanos y la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, afirma claramente que: “La criminalización de las expresiones relativas al terrorismo debe restringirse a los casos de incitación intencionda al terrorismo, entendida como una llamada directa a cometer actos de terrorismo, como directamente responsable de que aumenta probabilidad de un acto terrorista, o la propia participación en actos terroristas … nociones difusas tales como la prestación de asistencia a las comunicaciones en el terrorismo o el extremismo, la ‘glorificación’ o la ‘promoción’ del terrorismo o el extremismo, y la mera repetición de las declaraciones de los terroristas no constituyen en sí mismas incitación y no deben ser penalizadas “.

Los Relatores Especiales también señalaron que: “La función esencial de los medios de comunicación en el ejercicio de la libertad de expresión y el suministro de información al público debe ser respetado en las leyes contra el terrorismo y el extremismo, el público tiene derecho a ser informados sobre la comisión o tentativa de comisión de actos terroristas, y los medios de comunicación no deben ser castigados por proporcionar dicha información”.

De acuerdo con el Principio 6 de los Principios de Johannesburgo sobre seguridad nacional, libertad de expresión y acceso a la información, desarrollados por un grupo de expertos en derecho internacional, seguridad nacional y derechos humanos: “La expresión puede ser castigada como una amenaza a la seguridad nacional sólo si el gobierno puede demostrar que:

(a) la expresión tiene por objeto incitar a la violencia inminente;

(b) es probable que incite a este tipo de violencia, y

(c) existe una relación directa e inmediata entre la expresión y la probabilidad o la ocurrencia de este tipo de violencia”.

De acuerdo con el Principio 8: “La expresión no puede ser prevenida o castigado simplemente porque transmite información emitidos por/sobre una organización que el gobierno ha declarado que amenace la seguridad nacional o intereses relacionados”.

Asimismo, el Relator Especial de Naciones Unidas sobre Terrorismo y Derechos Humanos ha definido la “provocación pública para cometer un delito de terrorismo”, en referencia a tres elementos: “En primer lugar un acto de comunicación (” la distribución o difusión pública, de un mensaje al público …”). En segundo lugar, debe haber una intención subjetiva por parte de la persona para incitar el terrorismo (“… con la intención de incitar a la comisión de un delito de terrorismo… defender directa o indirectamente los delitos de terrorismo…”). Por último, debe existir un peligro objetivo adicional de que la conducta de la persona incite al terrorismo (“… cuando dicha conducta… cree el riesgo de que uno o más de tales delitos puedan ser cometidos”). (Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos:  derechos humanos, terrorismo y lucha contra el terrorismo).

En vista de lo anterior, nos tememos que las autoridades marroquíes no sólo se han burlado de las normas internacionales en materia de libertad de expresión y la libertad de prensa, sino que también han violado el derecho a ser informado del público marroquí.

Las organizaciones también desea recordar a las autoridades que el gobierno de Marruecos organizó una reunión internacional de expertos sobre la incitación a la violencia en octubre de 2012, que se tradujo en el Plan de Acción de Rabat sobre la prohibición de la apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia. Marruecos emitió una declaración conjunta en la sesión del Consejo de Derechos Humanos de la ONU del mes de marzo 2013, que apoyó el Plan de Acción de Rabat, en nombre de 87 delegaciones, entre ellas el Grupo Africano, el Grupo Árabe y el Grupo de la OCI y otras delegaciones.

El Plan de Acción de Rabat recomienda, entre otras cosas, que la incitación requiere un listón alto, porque “como una cuestión de principio fundamental, la limitación de expresión debe seguir siendo una excepción”. Se refiere a una prueba de listón alto que debe implementarse de forma consistente por un poder judicial independiente, e incluye una evaluación del contexto, el emisor, la intención del emisor, el contenido de la mensaje, el alcance y la magnitud del mensaje, y la probabilidad, incluyendo inminencia, de la acción que se preconiza se va a producir”.

El Plan de Rabat recomienda además que: “Las sanciones penales para las formas ilegales de expresión deben ser vistas como medidas de último recurso que sólo se aplican en situaciones estrictamente justificadas. Sanciones civiles y recursos también deben ser considerados, incluyendo daño material e inmaterial, así como el derecho de rectificación y el derecho de réplica”. Más importante aún, el Plan de Acción de Rabat considera que unos medios de comunicación independientes y pluralistas desempeñan un papel vital en la lucha contra la discriminación y promueven la comprensión intercultural, y por lo tanto se recomienda que: “Los Estados deben contar con una política pública y un marco regulatorio que promueva el pluralismo y la diversidad de los medios de comunicación, incluidos los nuevos medios de comunicación, y que favorezca la universalidad y la no discriminación en el acceso y uso de los medios de comunicación”.

En cuanto a la declaración del Ministro de Comunicaciones y Portavoz del Gobierno, el 23 de septiembre de 2013 (mincom.gov.ma), criticando la posición de más de 60 organizaciones en favor de la liberación de Anouzla, reiteramos lo siguiente:

  • • Condenamos toda violencia y toda invocación que incite a la violencia, la discriminación o la hostilidad, por cualquier organización o persona, incluyendo AQMI. También hacemos un llamamiento para la protección de periodistas y defensores de los derechos humanos que podrían convertirse en víctimas de esta violencia.
  • • Le recordamos al ministro que el artículo califica el video ícomo “propaganda”. Este artículo no se puede considerarse como incitación a la violencia bajo los estándares internacionales señalados anteriormente.

En cuanto a la Declaración de Viena, de 6 de octubre de 2009, de la que decenas de organizaciones internacionales, regionales y nacionales son signatarias, el Ministro de Comunicación nos acusa en su comunicado de no haberla respetado. Creemos que la posición expresada en nuestra declaración del 20 de septiembre de 2013, refleja el contenido y el espíritu de la Declaración de Viena.

Como recordatorio, entre otras cosas establece que “los medios de comunicación deben ser libres en su cobertura del terrorismo, incluso en actos de terrorismo ideológico, siempre y cuando no constituya una incitación intencional al terrorismo”. En consecuencia, seguimos insistiendo en que la Declaración de Viena protege a Anouzla frente a la invocación arbitraria de la ley antiterrorista en contra de su libertad de expresión y su derecho a informar.

Las organizaciones abajo firmantes exigen la liberación inmediata del periodista Anouzla la retirada de los cargos contra, la restauración de los equipos electrónicos de las oficinas Lakome y el fin del acoso judicial y mediático en su contra.

  • ARTÍCLE 19
  • Africa Freedom of Information Centre
  • Instituto Albanés de Medios
  • Red Árabe por la Información de Derechos Humanos de
  • Asociación de Trabajadores de Medios del Caribe
  • Centro de Bahréin para los Derechos Humanos,
  • Periodistas Canadienses por la Libertad de Expresión
  • Red Internacional por los Derechos de los Caricaturistas
  • Centro por la Libertad y la Responsabilidad de los Medios
  • Centro para el Estudio de los Medios y la Construcción de la Paz
  • Centro para la Periodismo Independiente  de Malaysia
  • Comité para la Protección de los Periodistas
  • Electronic Frontier Foundation
  • Freedom House
  • Iniciativa para la Libertad de Expresión – Turquía
  • Instituto para los Estudios sobre la Libre Circulación de Información
  • Instituto Internacional de Prensa
  • Journaliste en danger
  • Fundación Maharat
  • Alianza de Medios, Entretenimiento y Artes
  • Fundación de Medios para África Occidental
  • Media Watch
  • Norwegian PEN
  • Pakistan Press Foundation
  • Centro Palestino para el Desarrollo y Libertades de los Medios – MADA
  • American PEN
  • PEN Canadá
  • PEN Internacional
  • Reporteros Sin Fronteras,
  • Asociación de Periodistas del África Occidental
  • Asociación Mundial de Periódicos y Editores de Noticias
  • Comité Mundial de Libertad de Prensa
  • Asociación Adala (Justicia) – Marruecos
  • Association de Recherche sur les Transitions Démocratiques (ARTD), Túnez
  • Asociación Tunecina en defensa los valores universitarios (ATDVU)
  • Centre for Law and Democracy
  • Centre de de investigación de opinión pública, medios y gobierno local (CRM), Túnez
  • Centro de Túnez por la libertad de prensa
  • Asamblea de Ciudadanos – Marruecos
  • Comité para el respeto de las libertades y los derechos humanos en Túnez (CRLDHT)
  • Community Media Solutions
  • Foro de periodistas marroquíes en el extranjero
  • Foto Tunecino para los Derechos Humanos y sociales
  • Forum tunisien pour les droits economiques et sociaux (FTDES)
  • Free Press Unlimited
  • Front Line Defenders
  • Centro del Golfo para los Derechos Humanos (GCHR)
  • International Media Support (IMS)
  • Lam Echaml – Túnez
  • Media Legal Defence Initiative (MLDI)
  • Sindicato Nacional de Periodistas Tunecinos (SNJT)
  • Nawaat.org
  • Observatorio de las libertades académicas de los universitarios tunecinos (OLAUT)
  • Organización de las Libertades de expresión y los medios (HATEM – Marruecos)
  • Centro Regional de Formación y Desarrollo de la Sociedad Civil – Sudán
  • Sindicato de diarios independientes y afines (SJIP), Túnez
  • Sindicato general de cultura e información – Túnez
  • Liga Tunecina para la Defensa de los Derechos Humanos ( LTDH)
  • Asociación Tunecina de Mujeres Demócratas (ATFD)
  • Sindicato Tunecino de Emisoras Libres (STRL)
  • Unión General del Trabajo de Túnez (UGTT),
  • Asociación de Vigilancia para la Democracia y el Estado Cívico, Túnez