UNIÓN EUROPEA | Decisión histórica sobre el filtrado de contenidos en Internet

0
3271
| Decisión histórica sobre el filtrado de contenidos en Internet
28.11.2011 17:27

El 24 de noviembre, en una decisión histórica, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que aplicar filtros generalizados a los contenidos de Internet viola los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos, entre ellos el derecho a la libre circulación de información en la red. El tribunal ha considerado que la protección de los derechos de autor no puede hacerse a expensas de la protección de otros derechos fundamentales, como la libertad de información y la privacidad.

Reporteros Sin Fronteras celebra esta interpretación que hace Tribunal de Justicia de las directivas de la UE  y resalta que la libertad de información es una garantía fundamental que protege a los ciudadanos europeos de las legislaciones abusivas de protección de los derechos de autor. “Los gobiernos europeos deben tomar nota de esta decisión y abandonar sus iniciativas legislativas de filtrado de Internet” apunta la organización.

“Los parlamentarios europeos que se disponen a discutir la adopción de la ACTA, a finales del próximo mes de diciembre, también deberían prestar atención a este fallo, que defiende un equilibrio entre la protección de los derechos de autor y la protección de los derechos fundamentales, como la libertad de información y la confidencialidad de los datos personales”, añade RSF.

La organización también espera que esta decisión tenga un impacto fuera de Europa, especialmente en Estados Unidos, donde se debate actualmente la legislación contra la piratería.

El tribunal a emitido su fallo a petición de un tribunal de apelación de Bruselas, tras una denuncia de la SABAM (Sociedad Belga de Autores, Compositores y Editores de Obras Musicales) contra Scarlet Extended, un proveedor de servicios de Internet que se negó a filtrar y bloquear contenidos para evitar la descarga ilegal de música que tenía derechos de autor de la SABAM.

El tribunal debía decidir si las directivas de la UE permitían los Estados miembros “ordenar la instalación de un ISP para controlar a todos sus clientes, en abstracto, como una medida preventiva, por tiempo indefinido, para filtrar todas las comunicaciones electrónicas (…) con el fin de identificar el movimiento de  archivos electrónicos que contuviesen una obra musical, cinematográfica o audiovisual sobre la que un demandante pudiese alegar una propiedad intelectual, para, posteriormente, proceder al bloqueo de dichos archivos”.

Según el Tribunal de Justicia, no está permitida la existencia de un sistema generalizado de vigilancia y los tribunales nacionales deben respetar una directiva “que prohíbe a las autoridades nacionales la adopción de las medidas necesarias para la instalación de un ISP que haga un seguimiento general de la información que se circula por la red.”

Ell párrafo 52 de la sentencia añade un sistema de filtrado como ese “podría socavar la libertad de información, ya que el sistema podría no distinguir adecuadamente entre el contenido ilegal y contenido legal, bloqueando comunicaciones legales”.

Los párrafos 43 y 44 inciden en la idea de que el derecho a la propiedad intelectual debe ser protegido, pero “no hay nada (…) que sugiera que ese derecho es inviolable y deba por ello ser protegido de manera absoluta.” Por el contrario, su protección “debe equilibrarse con la protección de otros derechos fundamentales.”

En el párrafo 45 se recuerda que “las autoridades y tribunales nacionales deben establecer un equilibrio justo entre la protección de los derechos de autor y la protección de los derechos fundamentales de las personas que se ven afectadas por tales medidas.”

Los párrafos 48 y 49 consideran que obligar a un ISP a instalar un sistema complicado y costoso de filtrado viola también el requisito de establecer un equilibrio entre la protección de los derechos de propiedad intelectual y la libertad del ISP de llevar un negocio.

El tribunal ha reconocido así el impacto que tiene el filtrado de contenidos de Internet en la libertad de expresión y en la libertad de información, lo que supone un paso crucial para la defensa de la libertad en Internet ,ya que todos los estados miembros de la UE tendrán que aceptar esta interpretación.

La eurodiputada francesa Françoise Castex, elogió la decisión del tribunal por “frenar la práctica del filtrado de contenidos que prevalece en Europa”. Una práctica que, añadió, “supone un sacrificio de las libertades fundamentales en aras de garantizar la propiedad intelectual.”