ECUADOR | Nueva multa millonaria por “daño moral” al presidente Rafael Correa

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| Nueva multa millonaria por “daño moral” al presidente Rafael Correa
09.02.2012 16:38

Dos millones de dólares para los autores del libro “El Gran Hermano”

Entra en vigor una reforma de la ley electoral que restringe la actividad de los medios de comunicación durante los tres meses previos a unas elecciones 

El 7 de febrero un tribunal civil de Pinchicha condenó a los periodistas Juan Carlos Calderón y Christian Zurita a pagar dos millones de dólares al presidente Rafael Correa por “daño moral” tras escribir un libro de investigación sobre el empresario Fabricio Correa, hermano mayor del jefe de Estado.
La obra titulada “El gran hermano” señalaba directamente las dádivas y el favoritismo de los que gozó el empresario, que obtuvo más de 150 millones de dólares a través de contratos con el Estado, según estimaciones oficiales. Considerando que se dañaba su honor personal, el presidente Rafael Correa presentó una demanda contra los dos periodistas en febrero de 2011. Reclamó una indemnización de cerca de 10 millones de dólares. La sentencia final, aunque pronunciada en primera instancia, que condena a los autores de “El Gran Hermano” recuerda directamente a la de tres directivos y un articulista de El Universo. Un caso que agravó aún más las relaciones, ya de por sí muy tensas, entre la presidencia y una parte del gremio.
“Los dos casos ponen de relieve un régimen de sanciones desproporcionadas que constituyen una incitación a la autocensura. La magnitud de la condena impuesta a El Universo y sus representantes, pese al carácter extremo de las declaraciones incriminadas, hace temer por el futuro de la libertad editorial en Ecuador. Esta vez, lo que está en juego con el precedente de ‘El Gran Hermano’ es la capacidad de investigación de los periodistas”, considera Reporteros Sin Fronteras.
“De ahora en adelante, ¿quién se arriesgará a cuestionar públicamente a una personalidad de alto nivel? En este caso, Rafael Correa reclama un ataque a su honor por una información que no se refería a él en primer lugar. Finalmente, alegando dicho daño a su horno –noción por definición abstracta e imposible de probar, como lo reconoció la misma juez de Pichincha– esquiva toda valoración del fondo de los hechos registrados en el libro, tema principal que Correa prente evitar exigiendo a los dos autores que reconozcan su “mentira” antes de retirar su demanda. Reporteros Sin fronteras espera que el juicio sea invalidado en apelación y pueda abordarse libremente un tema de interés público”, agrega la organización.
Veto electoral
La condena de los dos autores de “El Gran Hermano”, peligrosa desde el punto de vista judicial, es políticamente arbitraria e inoportuna y coincide, además, con una reforma electoral que entró el vigor el 6 de febrero, que establece importantes restricciones en la cobertura periodística durante los periodos electorales (los tres meses que preceden el escrutinio).
El texto presentado por el mismo Rafael Correa –muy polémico, incluso entre las filas del partido mayoritario, Alianza País– establece que los medios de comunicación deberán abstenerse de toda “promoción directa o indirecta, ya sea a través de reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje, que tienda a incidir en favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis políticas”. La Constitución ecuatoriana prohíbe que se modifique la ley electoral con menos de un año de antelación a unos comicios, lo que supondría que las próximas elecciones no podrían celebrarse al menos hasta el 4 de febrero de 3013, y no en enero, como estaba previsto. 
“Aunque la nueva legislación no especifica las sanciones que se impondrían en caso de incumplimiento, la norma no hace sino reforzar la deplorable impresión de que el ejecutivo pretende limitar la libre circulación de información y de opiniones; más aún en un contexto electoral que debe precisamente favorecerla. La reforma electoral, ¿se aplicará a las “cadenas” y a los “enlaces sabatinos” del jefe de Estado? Si no es el caso, entonces, ¿cómo impedir que se piense que sólo el discurso oficial estará autorizado?”, lamenta Reporteros Sin Fronteras.
En todo caso, la reforma electoral contradice los principios directivos de la nueva versión de la Ley Orgánica de Comunicación, presentada el 3 de febrero en la Asamblea Nacional que será votada en sesión plenaria de aquí al mes de marzo. Este proyecto de ley reafirma la responsabilidad de informar a la colectividad, que incumbe a los periodistas y a sus medios de comunicación, en particular en el periodo electoral. Pese a imponer un criterio de “información verídica, oportuna y contextualizada”, el texto presenta dos avances: la limitación de la duración de las “cadenas” (cinco minutos semanales) y la repartición equitativa de frecuencias entre los diferentes tipos de medios de comunicación (privados, públicos y comunitarios) en una proporción de 33% para cada uno (34% para los comunitarios).